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LEY DE PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO NACIONAL. ( 17 de Mayo de 1.958) Yo, Francisco Franco Bahamonde, caudillo de España, consciente de mi responsabilidad ante Dios y ante la Historia, en presencia de las Cortes del Reino, promulgo como Principios del Movimiento Nacional, entendido como comunión de los españoles en los ideales que dieron vida a la Cruzada, los siguientes: 1_- España es una unidad de destino en lo universal. El servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado. . . de todos los españoles. - . . 4.- La unidad entre los hombres y las tierras de España es intangible. La integridad e in dependencia de la Patria son exigencias supremas de la comunidad nacional. ... 6.- Las entidades naturales de la vida social son la familia, el municipio y el sindicato. . . 7.- El pueblo español constituye el Estado Nacional siendo sus postulados el de autoridad, libertad y servicio. Su forma política es, dentro de los Principios del Movi miento Nacional. . . , la Monarquía tradicional, católica, social y representativa. 8.- Las instituciones públicas tendrán carácter representativo. La participación del pueblo será a través de la familia, el municipio, el sindicato y otras entidades de carácter orgánico reconocidas por las Leyes. Toda organización poi (tica al margen de este sistema representativo se considera ilegal. 9.- Se reconoce a los españoles el derecho a una justicia independiente. . . a una educación general. . . a la asistencia y seguridad sociales, ya la equitativa distribución de la renta nacional. . . 10.- Reconocimiento del trabajo como fuente de jerarquía y honor de los españoles, y reconocimiento, a su vez, de la propiedad e iniciativa privadas. 11.- La empresa es una comunidad de intereses y una unidad de propósitos. . Por tanto: Art. 1.- Los Principios del Movimiento, son, por naturaleza, permanentes e inalterables. Art. 2.- Todos los órganos y autoridades están obligados a su más estricto cumplimiento. Todo cargo público, para ser investido como tal, habrá de jurar el cumplimiento y respeto a estos Principios. Art. 3.- Las Leyes que vulneren estos Principios serán nulas. F ARIAS. L Breve historia constitucionaI de España. Doncel. Madrid. 1.975. pp. 377 - 381
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